Si alquilas tu vivienda por días, semanas o meses —ya sea a turistas, a personas desplazadas por trabajo o por estudios— la nueva normativa en relación con el NRUA te afecta directamente. Desde 2025, para poder anunciar alquileres de corta duración en plataformas digitales, necesitas contar con el Número de Registro (NRUA/NRA) correspondiente. Y desde el 1 de enero de 2026, además, se incorpora una obligación nueva: presentar una declaración anual con los alquileres de corta duración (incluidos los temporales) realizados el año anterior.
La nueva normativa en relación con el NRUA no sustituye a licencias autonómicas ni a registros turísticos, pero añade una capa más: informar, una vez al año, de cómo has utilizado tu vivienda en alquiler de corta o media duración. Si eres propietario, te interesa entender qué implica para organizarte antes de febrero.
Ordena tu información antes de febrero
Si quieres llegar tranquilo al primer plazo de la nueva normativa, empieza por revisar contratos, reservas y cobros de tus alquileres de corta y media duración de 2025.
¿Qué es el NRUA y por qué aparece esta nueva obligación?
El NRUA es un identificador único que se asocia a cada inmueble destinado a alojamientos de corta duración: estancias vacacionales, por trabajo, por estudios o por motivos de salud que no se consideran vivienda habitual.
Hasta ahora, casi todo giraba en torno a conseguir el número de registro y poder anunciar la vivienda. Con la nueva normativa en relación con el NRUA, además de disponer del número, el propietario debe dejar constancia cada año del uso real del inmueble, declarando la actividad de todos los alquileres que requieren NRUA, tanto turísticos como de media estancia o alquiler temporal, siempre que no tengan la consideración de vivienda habitual.
¿Qué exige la nueva normativa en relación con el NRUA desde 2026?
La nueva normativa en relación con el NRUA crea la obligatoriedad de presentar un modelo informativo anual de reporte de actividad por cada vivienda que tenga NRUA y haya estado destinada a alquiler de corta duración.
Puntos básicos:
- Obligación estatal: se aplica en toda España a los alquileres de corta duración, tanto turísticos como alquileres temporales (por trabajo, estudios, salud, obras en la vivienda habitual, etc.), siempre que no sean vivienda habitual.
- Primera presentación: entre el 1 y el 28 de febrero de 2026 debes presentar, por primera vez, la información de los alquileres de corta duración (incluidos temporales) de 2025.
- A partir de ahora: cada febrero tendrás que presentar el modelo con los datos del año natural anterior.
- Dónde se presenta:
- Telemáticamente, en la Sede Electrónica del Colegio de Registradores de España.
- O de forma presencial, en el Registro de la Propiedad donde esté inscrito el inmueble.
El modelo oficial (formulario) está aprobado en la Orden VAU/1560/2025 e incluido como anexo en el BOE. Consulta aquí mismo el formulario de presentación de los alquileres que has gestionado en el año anterior.
¿Qué información tendrás que declarar?
La nueva normativa en relación con el NRUA no te pide inventar nada, pero sí tenerlo bien organizado. En el modelo anual tendrás que incluir, para cada inmueble:
- Datos de la vivienda: identificación registral y dirección.
- Número de NRUA que le corresponde.
- Tipo de alquiler de corta duración: vacacional, alquiler temporal por trabajo, estudios, salud, etc.
- Relación de arrendamientos del año:
- Fechas de entrada y salida.
- Número de personas alojadas.
- Indicar si ha habido o no actividad (aunque no hayas tenido reservas, tendrás que marcar “sin actividad”).
Si guardas tus datos por contrato y por reserva, rellenar el modelo que exige la nueva normativa en relación con el NRUA será una tarea administrativa más, no un drama de última hora.
Cómo presentar la declaración anual de alquileres asociados al NRUA (paso a paso)
Esta guía está pensada para cumplir con la obligación anual de febrero: presentar la relación de alquileres de corta duración asociados a un inmueble que ya dispone de NRUA/NRA. Si todavía no tienes el número de registro para tu vivienda, primero tendrás que tramitar el alta y obtenerlo; una vez lo tengas, la declaración anual consiste en informar del uso real del inmueble durante el año anterior.
Para cumplir con esta obligación, la presentación se realiza de forma telemática mediante la aplicación N2. La lógica es sencilla: completas el formulario con los datos del inmueble y del periodo a declarar, lo validas, generas la huella digital del envío y lo presentas para que quede constancia.
Paso 1. Descarga e instala la aplicación N2
El primer paso es descargar la aplicación oficial N2 desde la sede correspondiente e instalarla en tu equipo. Esta herramienta permite preparar el formulario con los datos que exige el modelo anual y generar el archivo necesario para presentarlo.

Paso 2. Crea el formulario y completa los datos del inmueble y del año a declarar
Dentro de la aplicación, crea un nuevo formulario e introduce la información requerida. En esta fase conviene tener a mano los datos del inmueble y el NRUA/NRA, además del resumen de estancias del año natural anterior. Si tienes contratos y reservas archivadas por fechas, completar el formulario es mucho más rápido y reduces el riesgo de errores.
Paso 3. Introduce la relación de estancias (o marca “sin actividad” si corresponde)
Antes de enviar, la aplicación permite validar el contenido. Esta validación detecta errores habituales como campos incompletos o formatos incorrectos. Hasta que no esté validado, no podrás avanzar al envío.

Paso 4. Valida el formulario antes de enviar
Antes de presentar, la aplicación permite validar el contenido. Esta validación detecta errores habituales como campos incompletos, formatos incorrectos o datos incoherentes. Hasta que no esté validado, no podrás avanzar al envío, así que es el paso que te evita tener que repetir el proceso más adelante.

¿Te lías con NRUA, modelos y plazos?
Si eres anfitrión de Homyspace te ayudamos a ordenar la documentación para que lo tengas controlado.
Paso 5. Genera la huella digital
Una vez validado, la aplicación genera una huella digital que identifica el contenido que vas a presentar. Este paso es importante porque vincula el formulario a su envío y sirve como garantía de integridad del documento presentado.
Paso 6. Revisión y resultado: calificación favorable o defectos
Tras el envío, el Registrador revisa el modelo presentado. Si la calificación es favorable, se asigna el número de registro y se comunica al titular. Si se detectan defectos, se notifica para que puedas corregirlos y volver a presentar.
Paso 7. Si hay requerimientos, corrige y vuelve a presentar
Tras la presentación, puede ocurrir que se detecten defectos o que te pidan subsanar algún dato. No significa que esté “mal” el alquiler, sino que falta información o hay algo que no cuadra con la identificación del inmueble o con el formato del modelo. En ese caso, revisas el aviso, corriges lo necesario y vuelves a presentar.
Errores típicos a evitar
Uno de los fallos más comunes es mezclar en la relación periodos de larga duración que no han requerido NRUA. Otro error frecuente es no marcar “sin actividad” cuando corresponde, o no tener claro el tipo de estancia (turístico vs. temporal) al preparar el resumen anual. También suele complicarse cuando no se conserva trazabilidad por estancia y se intenta reconstruir el año “a mano” a última hora.
¿A quién afecta de verdad esta nueva normativa?
La nueva normativa en relación con el NRUA no es solo para pisos turísticos de uso vacacional. Abarca todo alquiler de corta duración cuando:
- La vivienda no se destina a residencia habitual del inquilino, sino que la estancia está ligada a vacaciones, trabajo, estudios, tratamientos médicos, obras en la vivienda habitual u otros motivos temporales.
- Publicas el inmueble en plataformas digitales.
Te afecta tanto si tienes reservas de pocos días como si encadenas alquileres temporales de uno o varios meses por proyectos laborales, prácticas o estancias formativas.
Quedas fuera de esta obligación si tu piso solo se alquila como vivienda habitual de larga duración, con contratos clásicos de arrendamiento de vivienda, o si no alquilas a través de ninguna plataforma digital.
Si en tu caso combinas varios usos (por ejemplo, larga duración algunos periodos y alquileres temporales en otros), tendrás que declarar únicamente los periodos/estancias que hayan estado sujetos a NRUA (los que se hayan ofertado en plataformas digitales y entren en el ámbito del alquiler de corta duración), aunque el resto del año la vivienda haya estado en larga duración.
Si alquilas como vivienda turística
Si explotas tu vivienda como alquiler turístico y la anuncias en plataformas digitales, también entras en el ámbito de la nueva normativa en relación con el NRUA, ya que se trata de estancias de corta duración y no de vivienda habitual.
En el caso del alquiler turístico, normalmente ya existe un registro bastante claro de la actividad: reservas por fechas, número de personas alojadas y canal de comercialización. La clave no está en generar información nueva, sino en ordenar y conservar esos datos para poder cumplimentar la declaración anual cuando llegue el plazo.
Si durante el año alternas el alquiler turístico con otros usos (por ejemplo, periodos de media estancia o meses sin actividad), deberás declarar únicamente las estancias que hayan estado sujetas a NRUA, manteniendo la trazabilidad por periodos y modalidad de alquiler.
Si alquilas por meses o a empresas, también te afecta
Si utilizas tu vivienda para estancias de media duración —por ejemplo, para alojar a profesionales desplazados que vienen por un proyecto de varios meses— entras en el ámbito de la nueva normativa en relación con el NRUA siempre que la vivienda no se convierta en domicilio habitual.
Aquí encajan los alquileres temporales orientados a proyectos laborales: son contratos de temporada con causa clara (desplazamiento por trabajo, estudios, etc.) y fechas definidas. La ventaja es que, al trabajar con contratos y facturación estructurados, tienes ya casi todo lo que te pide el modelo anual: fechas, finalidad y número de personas alojadas.
Modelos como el alquiler temporal para empresas van en esa línea: permiten vincular claramente cada estancia con un proyecto o desplazamiento, algo que encaja muy bien con el enfoque informativo que persigue la normativa.
En Homyspace, cuando conectamos a propietarios con empresas que buscan vivienda amueblada por meses, la trazabilidad de estancias y contratos forma parte del servicio. Eso facilita cumplir con la nueva normativa sin tener que reconstruir tu año “a mano” cada febrero.
Descubre la demanda de
alojamientos en tu zona
Introduce tu código postal para ver la demanda de alojamiento temporal en tu área
FAQ’s
¿Qué pasa si un año no tengo ninguna estancia?
También debes presentar el modelo, indicando que no ha habido actividad. Así el registro sabe que el NRUA sigue vigente, pero sin alquileres ese año.
¿Esta obligación sustituye a los registros autonómicos o municipales?
No. La nueva normativa en relación con el NRUA es un requisito estatal adicional. Tendrás que seguir cumpliendo con licencias turísticas si aplica, registros autonómicos u otras obligaciones de tu comunidad autónoma y ayuntamiento.
¿Necesito una gestoría para cumplir con la nueva normativa?
Depende del volumen y de lo ordenada que tengas la información. Si tienes varias viviendas o mucha rotación de alquileres temporales, apoyarte en un profesional o en plataformas que ya trabajan con estos requisitos puede hacer mucho más llevadero el cumplimiento de la nueva normativa en relación con el NRUA.
¿Qué pasa si la aplicación N2 da errores al validar?
Suele ocurrir cuando falta algún dato o hay incoherencias con la documentación del inmueble. La propia aplicación indica qué campos debes corregir antes de poder generar la huella digital y enviar.
¿Cómo sé que se ha presentado correctamente?
Tras el envío, la aplicación permite obtener un justificante y muestra la confirmación de la última presentación. Si la calificación es favorable, recibirás el número de registro; si hay defectos, se te notificará para subsanarlos.
Profesionaliza tus alquileres cumpliendo la nueva norma
Mantén ordenados tus procesos y conecta con una demanda estable de media estancia.
Escríbenos a proveedores@homyspace.com y nuestro equipo estará encantado de ayudarte.
Sin estacionalidad
Consigue ocupación en el inmueble durante todo el año
Inquilinos solventes
Empresas que necesitan alojamiento para sus equipos.
Gestión 100% online
Todo el proceso desde tu comodidad.
Asistencia personalizada
Un gestor experto resolverá todas tus dudas.









